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Área: Vivienda > Programas > Subsidios para la Vivienda

Beneficio: Fondo Solidario de Vivienda II

Subsidio que junto a un ahorro de la familia postulante y a un crédito optativo permite comprar una vivienda nueva o usada, en zonas urbanas o rurales, que cuenten al menos con un dormitorio, sala de estar-comedor-cocina y un baño.

¿EN QUÉ CONSISTE?

Programa que entrega un subsidio que junto a un ahorro de la familia postulante (30 UF) y a un crédito optativo (hipotecario o sin garantía hipotecaria), permite comprar una vivienda nueva o usada, en zonas urbanas o rurales, que cuenten al menos con un dormitorio, sala de estar-comedor-cocina y un baño. También permite construir viviendas cuando éstas se encuentren en un proyecto de Integración Social y en construcciones colectivas en zonas rurales.

El inmueble debe contar con recepción municipal definitiva y una tasación que no supere 650 UF (efectuada de acuerdo a la metodología que señala el reglamento, calculada en base al avalúo fiscal del terreno y a la superficie construida, multiplicada por los valores de construcción que define el Minvu). Esta tasación no necesariamente corresponde al valor comercial de la propiedad.

Se postula individualmente, con asesoría de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS), que haya firmado y tenga vigente un convenio marco con la Seremi de Vivienda de la región donde operará.

El subsidio es distinto según la comuna donde se emplace la vivienda a comprar. El monto base varía entre 280 UF y 420 UF.

De ser necesario, la EGIS gestionará un mutuo o crédito complementario (hipotecario o sin garantía hipotecaria) con garantía estatal cuando no supere 500 UF.

¿A QUIÉNES ESTÁ DESTINADO?

A familias de más de una persona en situación de vulnerabilidad, dispuestas a realizar los trámites necesarios para comprar o encargar la construcción de su vivienda.

Excepcionalmente, se permite postular a familias unipersonales de viudos/as, mayores de 60 años, discapacitados/as, indígenas y personas reconocidas como víctimas en el Informe sobre Prisión Política y Tortura (Informe Valech).

¿DÓNDE SE SOLICITA ESTE SERVICIO?

En las Oficinas de Informaciones MINVU-SERVIU a lo largo del país, Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS), municipios.

¿QUÉ REQUISITOS HAY QUE CUMPLIR?

  • Acreditar la condición de jefe de familia (casado/as, convivientes y soltero/as jefes/as de hogar) cónyuge o conviviente, a través de la Ficha de Protección Social.
  • Contar con un puntaje de carencia habitacional igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social.
  • Tener Cédula de Identidad chilena (extranjeros con permanencia definitiva).
  • Acreditar haber depositado las 30 UF de ahorro mínimo que exige el programa, enterado hasta el día del ingreso del proyecto al Banco en algún tipo de cuenta a las que se refiere el reglamento (de ahorro a plazo para la vivienda; de ahorro de leasing habitacional; de ahorro con fines habitacionales de servicios de bienestar social en convenio con el Minvu; de aporte de capital y de depósitos de ahorro en cooperativa abierta de vivienda; de ahorro a plazo para la vivienda en una cooperativa de ahorro y crédito; otro tipo de cuentas de ahorro que contemplen la facultad de suspender el giro del ahorro en las condiciones que señala el reglamento).
  • No ser propietario/a de una vivienda (tampoco el cónyuge), salvo excepciones señaladas en el reglamento.
  • No tener certificado de subsidio habitacional vigente (postulante o cónyuge).
  • No estar postulando a otro programa habitacional, ni haber efectuado una reserva de subsidio leasing (postulante o cónyuge o algún miembro del grupo familiar acreditado).
  • Que no se encuentre postulando el o la interesada, su cónyuge, conviviente u otro miembro del núcleo familiar identificado en la Ficha de Protección Social, al mismo o a otro programa habitacional.
  • No haber obtenido antes una vivienda o subsidio habitacional del Serviu o de sus antecesores legales, de las municipalidades o de otros mecanismos (postulante ni cónyuge), salvo excepciones señaladas en el reglamento.
  • No pueden postular personas solas, excepto si tienen la calidad de indígena de acuerdo a la Ley N° 19523, si son discapacitadas (acreditadas en el Compin), mayores de 60 años, viudas, o están reconocidas como víctimas en el Informe sobre Prisión Política y Tortura (Informe Valech).

¿QUÉ DOCUMENTO SE DEBE PRESENTAR?

La EGIS debe realizar la postulación del subsidio al Serviu y entre otros documentos, solicita al o la postulante:

  • Ficha de Protección Social
  • Documentación sobre el o la postulante y su grupo familiar.
  • Documentación sobre cargas familiares, si las tiene.
  • Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación emitida por la entidad captadora de ahorro (banco, cooperativa de ahorro y crédito, etc.) en que conste, a lo menos, el número de cuenta y el tipo de libreta o cuenta. Si no es del BancoEstado o del Banco del Desarrollo se debe presentar, además, certificación con información del ahorro al último día del mes anterior al de inicio del período de postulación, con información de los saldos semestrales y saldo de la cuenta en UF. Si es del BancoEstado o del Banco del Desarrollo se debe entregar mandato al Serviu para que éste directamente solicite la información.

¿QUÉ INSTITUCIÓN ES RESPONSABLE DE ESTE PROGRAMA?

Se entrega la orientación en las OIRS-MINVU y SERVIU del pais. Las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) se encargan de presentar la postulación y el SERVIU quien revisa y entrega el Certificado de Subsidio.

¿SE PAGA POR ESTE SERVICIO?

No se debe cancelar nada para obtener este beneficio.

DURACIÓN DEL BENEFICIO:

21 meses

FORMULARIOS DISPONIBLES EN LÍNEA:

Acceda a los documentos en www.minvu.cl

LEYES ASOCIADAS:

Decreto Supremo N° 40 (V. y U.), 2004 Decreto Supremo N°182 (V. y U.) 2008

MÁS INFORMACIÓN

Sitio Web

http://www.minvu.cl

Teléfono

Minvu Aló: 600 - 646 88 25
Horario de Atención: 
Lunes a jueves de 8:30 a 17:00 horas.
Viernes de 08:30 a 16:00 horas.
Costo de servicio:  Tarifa del servicio local medido S.L.M. Servicio válido en toda la Región Metropolitana.

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Si desea más información ingrese a la página de contacto de www.minvu.cl

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¿SABÍA USTED?
Postular a un subsidio habitacional es gratis. Las EGIS y los PSAT no pueden cobrar por el proceso de postulación y aplicación de un subsidio.

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