¿EN QUÉ CONSISTE?
El Seguro de Cesantía contempla también el acceso a Capacitación Laboral. La Bolsa Nacional de Empleo posibilita al SENCE canalizar sus ofertas de capacitación a través de las OMIL, teniendo en cuenta las necesidades manifestadas por los usuarios al momento de registrarse en el sistema.
¿A QUIÉNES ESTÁ DESTINADO?
A todos los trabajadores y trabajadoras dependientes, mayores de 18 años, que laboren en Chile acogidos al Código del Trabajo. Los trabajadores que han sido contratados a partir del 2 de octubre del 2002, son afiliados por Ley obligatoriamente al Seguro de Cesantía. Quienes tienen contratos vigentes con anterioridad a esa fecha, pueden afiliarse voluntariamente al seguro. No se requiere de la autorización del empleador, basta sólo la decisión del trabajador.
Este beneficio esta destiando a los trabajadores que tienen derecho a acceder a los beneficio del Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario.
¿DÓNDE SE SOLICITA ESTE SERVICIO?
La capacitación se solicita en la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) respectiva y en las oficinas regionales de SENCE.
¿QUÉ REQUISITOS HAY QUE CUMPLIR?
ACTUALMENTE
- Trabajadores con contratos indefinidos: Al menos 12 cotizaciones continuas.
- Trabajadores a plazo fijo o por obra: No tienen Acceso.
A PARTIR DEL 1° DE MAYO
Trabajadores con contrato a plazo indefinido y trabajadores a plazo fijo o por obra:
- Registrar a lo menos 12 cotizaciones mensuales continuas o discontinual al Fondo de Cesantía Solidario en los últimos 24 meses, siendo las 3 últimas continuas y con el mismo empleador.
- Haber sido despedido por necesidades de la empresa, caso fortuito o fuerza mayor, vencimiento del plazo o conclusión del trabajo o servicio.
- Encontrarse cesante al momento de la solicitud y mantener dicha condición mientras se esté recibiendo el beneficio.
- Acumular en la Cuenta Individual de Cesantía montos insuficientes para financiar las prestaciones del Fondo de Cesantía Solidaria según los montos y periodos establecidos en la Ley.
- Asistir mensualmente a la OMIL y estar disponible para el empleo o capacitación que esta pueda ofrecer.
¿QUÉ DOCUMENTO SE DEBE PRESENTAR?
Para solicitar los beneficios del Seguro de Cesantía, el trabajador(a) que se encuentra cesante y cumple con los requisitos de acceso a los beneficios, debe seguir los siguientes pasos:
- Llenar una solicitud de prestación de Seguro de Cesantía en cualquier Centro de Atención de Afiliados (CAA), que se encuentran ubicados en todas las oficinas de AFP del país con logo AFC.
- Acreditar el término de la relación laboral a través del finiquito.
- En caso de acceder a los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario, luego del trámite en el CAA, debe acudir a inscribirse en la Oficina Municipal de Intermediación Laboral, OMIL más cercana a su domicilio. La asistencia a la OMIL es durante los 5 meses a que tiene derecho al beneficio.
- Cobrar los beneficios del Seguro de Cesantía a través del medio que el trabajador haya escogido (SERVIPAG, Banco Estado, Banco BCI, depósito bancario en cuenta corriente o envío por correo certificado).
¿QUÉ INSTITUCIÓN ES RESPONSABLE DE ESTE PROGRAMA?
Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).
¿SE PAGA POR ESTE SERVICIO?
No
DURACIÓN DEL BENEFICIO:
Depende de cada caso
LEYES ASOCIADAS:
Ley N° 19.728 y Ley N° 20.328 y Ley 19.518.
MÁS INFORMACIÓN: